Lo más leído

Corporate tax EAU: si facturas menos de 3 millones de AED, tu alivio fiscal caduca el 31 de diciembre de 2026

El corporate tax EAU tiene una puerta que se cierra. El small business relief —el alivio que permite a los negocios con ingresos de hasta 3 millones de AED no tributar por el impuesto de sociedades— solo alcanza ejercicios cerrados el 31 de diciembre de 2026 o antes, según el Ministerio de Finanzas y la Federal Tax Authority. Si facturas por debajo de esa cifra, este es el plazo que te obliga a mover ficha.

LA RESPUESTA CORTA

  • En general: si tus ingresos no superan los 3 millones de AED puedes acogerte al alivio, pero solo para periodos fiscales que terminen el 31 de diciembre de 2026 o antes.
  • La clave está en: la fecha de cierre de tu ejercicio, no el año en que te registraste ni el momento en que facturas.
  • Ojo con: dar por hecho que el alivio es automático. Se elige en la declaración y no exime de registrarse ni de presentar.

Qué caduca exactamente el 31 de diciembre de 2026

Hoy el impuesto de sociedades emiratí funciona en dos capas. La primera deja el beneficio a cero hasta los 375.000 AED. La segunda aplica un tipo del 9% sobre lo que excede ese umbral, y rige desde los ejercicios iniciados el 1 de junio de 2023, dentro del marco publicado por el Ministerio de Finanzas.

Encima de esa base está el small business relief, aprobado por la Ministerial Decision No. 73 de 2023. Permite que un contribuyente con ingresos de hasta 3 millones de AED sea tratado como si no tuviera renta imponible en ese periodo. Se mide con los estados financieros del ejercicio y se elige expresamente en la declaración: no se aplica de oficio.

Aquí está la clave del calendario. El alivio cubre los periodos fiscales que terminen el 31 de diciembre de 2026 o antes. No es una fecha de presentación ni un plazo de registro: es la última fotografía que vale. Si tu ejercicio cierra después, el régimen ya no te alcanza.

Quién entra en el alivio y quién se queda fuera

small business relief EAU

El umbral de los 3 millones no es un salvoconducto universal. La norma se dirige a personas jurídicas residentes en EAU y a no residentes con establecimiento permanente (una presencia fija en el país que genera obligaciones fiscales propias). Y se mide periodo a periodo: un año de ingresos altos te deja fuera de ese ejercicio sin borrar automáticamente el anterior.

Entrar tampoco significa quedar libre de trámites. El alivio no exime de registrarse ante la FTA, de presentar la declaración anual ni de llevar contabilidad. Tampoco toca el IVA ni las obligaciones laborales. Es un ajuste del impuesto de sociedades, y nada más.

El alivio no es una herencia: es una opción que se ejerce cada periodo fiscal y que se apaga con la fecha de cierre del ejercicio.

La Realidad Fiscal

Cuando el alivio se apaga, el cálculo vuelve a la escala general: cero hasta 375.000 AED de beneficio fiscal y 9% sobre el exceso, según el marco del Ministerio de Finanzas y la FTA. Para un negocio con 1,5 millones de beneficio, la factura no es catastrófica. Para quien llevaba dos años declarando a cero, es un cambio de modelo.

El ángulo del lector hispanohablante cambia según dónde esté. Si eres residente fiscal en España —el país donde pasas más de 183 días al año, con independencia de dónde esté tu empresa—, la sociedad emiratí entra en tu vida fiscal por otras vías: el Modelo 720 si tus participaciones superan los 50.000 euros, y las reglas de transparencia fiscal internacional cuando la sociedad genera rentas pasivas con tributación efectiva muy baja. La residencia no se muda con la empresa.

El convenio de doble imposición España-UAE, firmado en 2006, reparte competencias para que un mismo beneficio no tribute dos veces. No todos los países hispanohablantes tienen un acuerdo equivalente: México cuenta con convenio con EAU, mientras que en el caso de Argentina no hay uno vigente. Conviene verificar el de cada país antes de dar por hecho cualquier reparto.

La consecuencia honesta es esta: la mayoría de las pymes no recibirá una factura dramática, pero sí una obligación que antes no tenía. Y el error caro no es pagar el 9%; es no declarar creyendo que el alivio seguía vivo. Esto depende de tu situación concreta, y por eso al final te digo cuándo necesitas un asesor.

Un matiz que se pasa por alto: las empresas de free zone no están fuera del sistema. El alivio es una vía distinta de la que usan los Qualifying Free Zone Persons, con su propio régimen de ingresos cualificados. Mezclar ambas lógicas sin revisarlas es una fuente clásica de errores en la declaración.

El mayor riesgo del emprendedor hispanohablante en EAU no es el 9%, sino creer que su empresa le resuelve la residencia fiscal en casa.

Qué conviene revisar antes de que acabe el año

Queda tiempo, pero no infinito. Tres comprobaciones bastan para llegar ordenado: la fecha de cierre de tu periodo fiscal —no siempre es el 31 de diciembre—, si estás aplicando el alivio por elección expresa o por inercia, y si tu contabilidad soporta una revisión, porque el impuesto se calcula sobre beneficio fiscal y no sobre caja.

El plazo general de presentación es de nueve meses desde el cierre del ejercicio, así que un periodo que acabe el 31 de diciembre de 2026 se declara, como norma general, a finales de septiembre de 2027. Los trámites de visado y estructura societaria quedan fuera de esta guía: son materia de otra área del medio.

Ninguna de estas decisiones debería tomarse a ciegas la última semana de diciembre. Y ninguna ventaja es categórica: hablamos de supuestos, umbrales y fechas que conviene confirmar en la sede de la Federal Tax Authority o en el portal del Ministerio de Finanzas antes de firmar nada.

Lo que debes saber

  • Umbral o cifra clave: el alivio aplica con ingresos de hasta 3 millones de AED; el 9% se cobra sobre el beneficio que excede los 375.000 AED (Ministerio de Finanzas y FTA de EAU).
  • Plazo o fecha límite: solo cubre periodos fiscales cerrados el 31 de diciembre de 2026 o antes; la declaración de ese ejercicio vence, como norma general, nueve meses después del cierre.
  • Organismo competente: la Federal Tax Authority (FTA) de EAU, con el marco normativo del Ministerio de Finanzas.
  • Advertencia principal: el error más común es creer que el alivio es automático y se hereda; no declarar por esa creencia puede acarrear sanciones administrativas de la FTA.

Este artículo tiene carácter informativo. Para tu situación concreta consulta siempre con un asesor fiscal especializado en expatriados.

Artículos Populares