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Hacienda aplaza Verifactu 2028: qué cambia para el autónomo o la pyme con negocio en España

Hacienda aplaza Verifactu hasta octubre de 2028 y lo alinea con la factura electrónica obligatoria. Si eres autónomo o tienes una pyme con negocio en España, este retraso descoloca tu calendario de obligaciones y conviene entenderlo con matices antes de dar por hecha cualquier fecha.

LA RESPUESTA CORTA

  • En general: el sistema Verifactu deja de ser obligatorio en las fechas previstas —enero y julio de 2027— y se traslada a octubre de 2028.
  • La clave está en: la nueva fecha se ha alineado con la factura electrónica obligatoria para empresarios y profesionales con facturación anual inferior a 8 millones de euros.
  • Ojo con: el aplazamiento cambia el calendario, no las exigencias técnicas de integridad, trazabilidad e inalterabilidad del reglamento.

Qué cambia exactamente y desde cuándo

Verifactu es el sistema que digitaliza la facturación y obliga a que cada factura se emita con un programa que garantice su integridad y su trazabilidad. La Agencia Tributaria ha decidido aplazar su implantación hasta octubre de 2028, según la nota informativa del Ministerio de Hacienda. El motivo es acompasar su entrada en vigor con la de la factura electrónica entre empresas.

El calendario que hasta ahora servía de referencia ya no vale. Estaba estipulado que Verifactu fuese obligatorio a partir del 1 de enero de 2027 para las empresas declarantes del Impuesto sobre Sociedades, y desde el 1 de julio de 2027 para el resto de autónomos y empresas. El Gobierno ya había retrasado un año la fecha original, hasta 2027.

La nueva fecha es octubre de 2028, y llega para hacerla coincidir con la obligatoriedad de la factura electrónica para los empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros. El aplazamiento alcanza a las obligaciones pendientes de aplicación del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, la norma que contiene el reglamento de Verifactu y cuyos trámites pueden seguirse en la sede de la Agencia Tributaria.

Por qué se aplaza y qué significa la convergencia

Verifactu aplazado

El objetivo declarado es favorecer la máxima convergencia posible entre los sistemas de facturación electrónica y el reglamento de sistemas informáticos de facturación, tanto en lo normativo como en lo técnico. Se busca que las empresas no tengan que adaptar sus programas dos veces en muy poco tiempo. A eso se suma la directiva europea ViDA (VAT in the Digital Age o IVA en la Era Digital), cuyos futuros requisitos de reporte digital condicionan el diseño final.

Conviene matizar un punto que genera mucha confusión: el aplazamiento mueve el calendario y no rebaja las exigencias. Las garantías del reglamento de Verifactu en materia de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad se mantienen en términos sustancialmente equivalentes a los previstos en su desarrollo normativo actual.

Aplazar una obligación no es eliminarla: cambia la fecha, pero las garantías técnicas que exige el reglamento siguen intactas.

La Realidad Fiscal

Para el hispanohablante con un pie en España y otro en los Emiratos Árabes Unidos, este aplazamiento tiene una lectura muy concreta. Si eres residente fiscal en España —el país donde Hacienda considera que debes tributar por tu renta mundial— y facturas como autónomo, la fecha que te afecta es octubre de 2028. Si ya has causado baja correctamente y tributas en UAE, el calendario español te toca solo en la medida en que conserves actividad, clientes o sociedades en territorio español.

Y ahí la cosa se complica. Un profesional que traslada su residencia a Dubái pero mantiene una sociedad operativa en España, o que factura desde una free zone emiratí a clientes españoles, sigue sujeto a las obligaciones de facturación del negocio que opera en España. El corporate tax de UAE, por su lado, se rige por las reglas del Ministry of Finance emiratí. Mezclar los dos sistemas sin criterio es, con diferencia, el error más caro.

La cifra que marca el alcance: la obligación de factura electrónica llega para los empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros, según el Ministerio de Hacienda. A partir de ahí, el sistema español converge de forma progresiva con el modelo de información digital que será obligatorio en la Unión Europea a partir de 2030. Quien opera en España tendrá que reportar de forma más estandarizada, viva donde viva.

Aquí está la clave de todo. Esto depende de tu situación concreta —de dónde seas residente fiscal, de qué estructura tengas y de cómo factures— y por eso conviene confirmarlo con un asesor especializado en expatriados antes de tomar decisiones. Lo que no cambia con el aplazamiento es la dirección: digitalización, trazabilidad y reporte. El hito a marcar en rojo no es enero de 2027, sino octubre de 2028.

Hay un matiz adicional para quien llega de Latinoamérica. Si tu país no tiene convenio de doble imposición con UAE —el acuerdo que evita que una misma renta tribute dos veces—, el tratamiento cambia según la jurisdicción y conviene revisarlo país por país en lugar de extrapolar.

En el plano práctico, hay tres cosas que conviene valorar sin ejecutar nada a ciegas. La primera, comprobar si tu programa de facturación cumple ya con los requisitos técnicos del reglamento. La segunda, medir cómo te afecta el calendario según tu residencia fiscal. La tercera, dejar por escrito quién lleva tu contabilidad en cada jurisdicción.

Lo que debes saber

  • Umbral o cifra clave: la factura electrónica será obligatoria para empresarios y profesionales con facturación anual inferior a 8 millones de euros, alineada con Verifactu en octubre de 2028 (Ministerio de Hacienda).
  • Plazo o fecha límite: el nuevo calendario fija octubre de 2028, frente a las fechas anteriores de enero y julio de 2027.
  • Organismo competente: Agencia Tributaria y Ministerio de Hacienda en España; Federal Tax Authority y Ministry of Finance en UAE.
  • Advertencia principal: dar por hecho que el aplazamiento elimina las obligaciones. Mueve la fecha, no las exigencias técnicas del reglamento de Verifactu.

Este artículo tiene carácter informativo. Para tu situación concreta consulta siempre con un asesor fiscal especializado en expatriados.

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