La tributación de los bonos para no residentes en Dubái no es solo una duda: es una factura que Hacienda puede cobrar. En plena fiebre por la deuda subordinada de la banca española, con 39 emisores en el primer semestre, conviene aclarar cuánto retiene Hacienda de cada cupón y qué puede hacer un expatriado en Emiratos.
LA RESPUESTA CORTA
- En general: los cupones de bonos españoles cobrados por un no residente en Emiratos están sujetos a retención en origen por el IRNR.
- La clave está en: el tipo de retención (19% o 24% según convenio y requisitos) y en si el convenio España-EAU permite reducirla.
- Ojo con: asumir que si vives en Dubái no pagas nada: la retención se practica en España antes de que el cupón llegue a tu cuenta.
De qué hablamos cuando hablamos de bonos, cupones y CoCos
Un bono es un préstamo que tú haces a una entidad; a cambio, cobras intereses periódicos (los cupones) y recuperas el nominal al vencimiento. Dentro del mundo de la renta fija hay un instrumento con más riesgo que los bonos ordinarios: la deuda subordinada y, en particular, los CoCos o bonos contingentes convertibles. No son un capricho: son los primeros que asumen pérdidas si la entidad entra en problemas y, por eso, pagan cupones más elevados.
Según los datos de CreditSights recogidos por la prensa económica, el mercado europeo de estos bonos se ha vuelto a animar. 39 entidades financieras colocaron 30.700 millones de euros en CoCos entre enero y junio. Santander, BBVA y Unicaja sumaron 2.650 millones de emisiones, con Santander a la cabeza gracias a 1.500 millones de dólares (unos 1.290 millones de euros). La demanda multiplicó por cuatro la oferta y el precio final rebajó entre 50 y 62,5 puntos básicos el diferencial inicial.
Qué impuesto toca tus cupones: el IRNR y la retención en origen

El primer concepto que debes dominar es el IRNR, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes que regula la Agencia Tributaria. Grava en España las rentas que obtienen personas o entidades que no tienen su residencia fiscal en territorio español. La retención en origen es el mecanismo: el pagador del cupón retiene una parte antes de transferirte el dinero.
¿Y tú, viviendo en Dubái, eres no residente? La clave está en la residencia fiscal, es decir, en qué país te considera Hacienda que tributas por tu renta mundial. España aplica reglas como los más de 183 días de permanencia; Emiratos tiene sus propios criterios y la definición depende del convenio bilateral. Si no has hecho correctamente la baja, Hacienda puede seguir considerándote residente fiscal en España.
Para un no residente en Emiratos sin establecimiento permanente, el tipo general del IRNR sobre los cupones se sitúa en el 24%. Los residentes en la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo pueden aplicar el 19%, pero los Emiratos no están en ese grupo. El convenio de doble imposición entre España y los Emiratos Árabes Unidos puede limitar ese porcentaje: conviene revisar el artículo concreto antes de dar por hecho el número.
La retención en origen no es un susto: es el impuesto que España aplica antes de que el cupón llegue a tu cuenta en Dubái.
La Realidad Fiscal
Las cifras de emisión ayudan a entender el tamaño del mercado, pero no cambian la norma. Los CoCos europeos ofrecen diferenciales que han caído desde los 800 puntos básicos de marzo de 2023 hasta poco más de 200 puntos básicos actuales; la media reciente ronda los 400. Eso hace que los cupones sigan siendo atractivos, aunque menos que en el pico de estrés de Credit Suisse.
En la práctica, si resides fiscalmente en Emiratos y cobras un cupón de un banco español, el pagador aplicará la retención que marca la normativa española. En muchos supuestos de rentas del capital mobiliario para no residentes sin establecimiento permanente, esa retención tiene carácter definitivo: el impuesto se considera satisfecho con esa cantidad. Si el convenio fija un límite menor, puede existir derecho a solicitar la devolución del exceso o a aplicar el tipo reducido. Aquí es donde más conviene leer la letra pequeña.
Conviene matizar: no todos los bonos tributan igual. Hay exenciones para determinadas rentas, como la deuda pública española, y los bonos subordinados de bancos no suelen beneficiarse de ellas. Si tu país de origen en América Latina no tiene convenio con Emiratos, la situación puede ser distinta: la retención española se practica igual y luego cada jurisdicción decide cómo alivia la doble imposición. La conclusión no es que en Dubái no se paga nada; es que la retención en origen sigue existiendo y conviene planificarla.
Qué revisar antes de cobrar el próximo cupón
Primero, confirma tu estatus de no residente en España. Si Hacienda aún te considera residente, los cupones no tributarán como IRNR, sino en el IRPF, con otra escala y otras obligaciones. Segundo, pide a tu entidad pagadora el justificante de retención: el importe retenido debe aparecer en la liquidación del cupón.
Tercero, comprueba si el convenio España-EAU ofrece un tipo menor para intereses y qué formalidades exige para aplicarlo. No des por sentado el trato favorable solo por vivir en Dubái. Guarda documentación: certificado de residencia fiscal en Emiratos, extracto de la inversión y justificantes de retención. La asesoría fiscal no sobra cuando el cupón es alto.
Lo que debes saber
- Umbral o cifra clave: 39 entidades europeas colocaron 30.700 millones de euros en CoCos en el primer semestre de 2026, según CreditSights.
- Plazo o fecha límite: no hay un plazo único de declaración para estos cupones, pero conviene revisar la retención en cada pago y, si procede, solicitar devolución dentro de los plazos del IRNR.
- Organismo competente: Agencia Tributaria (España) y Federal Tax Authority de UAE, según la residencia fiscal y el certificado correspondiente.
- Advertencia principal: asumir que los cupones no tributan por vivir en Dubái puede salir caro: la retención en origen se practica igualmente y un convenio mal aplicado no se arregla solo.
Este artículo tiene carácter informativo. Para tu situación concreta consulta siempre con un asesor fiscal especializado en expatriados.


