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Corporate tax Dubái: el 9% que pagarás y el 0% hasta 375.000 AED de base

El corporate tax de Dubái se ha convertido en la primera pregunta de cualquier empresario español que aterriza en los Emiratos. La respuesta corta es un 9% sobre los beneficios, con un tramo al 0%, pero los matices deciden si pagas eso o bastante más.

LA RESPUESTA CORTA

  • En general: el corporate tax grava el beneficio empresarial con un 9%, y los primeros 375.000 AED de base imponible tributan al 0%.
  • La clave está en: tu residencia fiscal y en si operas desde una free zone que cumpla los requisitos para el 0% sobre rentas cualificadas.
  • Ojo con: dar por hecho que constituir la sociedad en Dubái te convierte en no residente en España. No lo hace por sí solo.

Qué grava el corporate tax de Dubái y cuánto se paga exactamente

El corporate tax (el impuesto de sociedades que Emiratos aprobó con el Federal Decree-Law n.º 47 de 2022 y que se aplica a los ejercicios iniciados el 1 de junio de 2023 o después) acabó con el relato de que en Dubái no se paga nada. El tipo general es del 9% sobre el beneficio fiscal, aunque con una escala que mucha gente desconoce.

La base imponible no se grava desde el primer dirham. Los primeros 375.000 AED tributan al 0% y el 9% recae solo sobre el exceso. Un ejemplo rápido: una sociedad con 500.000 AED de beneficio fiscal no paga 45.000 AED, paga 11.250. La mecánica es sencilla; el problema casi nunca está en el tipo, sino en calcular bien la base.

Y aquí está el punto que más confusión genera: la base imponible no es lo que ingresa la empresa ni el saldo de la cuenta bancaria. Se parte del resultado contable y se practican ajustes —gastos no deducibles, exenciones, pérdidas compensables— con reglas parecidas a las de cualquier sistema maduro. A eso se suma la documentación de precios de transferencia (el soporte que demuestra que las operaciones entre empresas del mismo grupo se valoran a mercado).

Existe, eso sí, un alivio para estructuras modestas. El régimen de Small Business Relief permite a las sociedades con ingresos totales no superiores a 3 millones de AED no tributar por sus beneficios en los periodos que terminen el 31 de diciembre de 2026 o antes, según los criterios publicados por el Ministry of Finance. Es un alivio con fecha de caducidad, no una exención permanente, y conviene confirmar su alcance en la Federal Tax Authority.

Un detalle que casi nadie anticipa: el impuesto se declara por periodo fiscal, no por año natural. Si tu ejercicio no coincide con el calendario, el plazo de presentación también se desplaza.

El tipo del 9% es la parte sencilla; el trabajo real está en calcular bien la base imponible y en documentar las operaciones del grupo.

Free zone o mainland: qué régimen fiscal te aplica de verdad

free zone vs mainland

Elegir entre free zone (zona franca con régimen propio) y mainland (sociedad constituida fuera de esas zonas, con actividad plena en el mercado emiratí) es una decisión societaria antes que fiscal. Pero tiene consecuencias tributarias enormes, y no siempre en la dirección que promete el folleto comercial.

Una Qualifying Free Zone Person puede tributar al 0% sobre sus rentas cualificadas si mantiene sustancia económica suficiente en la zona franca, no ha optado por el 9%, respeta el límite de ingresos no cualificados y cumple con precios de transferencia. Si falla un requisito, la sociedad tributa al 9% como cualquier otra. De ahí que el régimen de free zone no funcione como un cheque en blanco.

El mainland, en cambio, no es una condena: es el régimen general, con el 0% hasta 375.000 AED de base imponible y el 9% sobre el exceso. Para quien factura al mercado local suele ser más simple que encajar a la fuerza en una estructura de zona franca. Y para los grupos multinacionales muy grandes, el Ministry of Finance activó además un tipo mínimo del 15% alineado con el marco de la OCDE.

La persona física también entra en el radar de la FTA

El corporate tax no es solo cosa de sociedades. Un profesional con actividad empresarial en los Emiratos —consultor, comercio electrónico, servicios digitales— asume obligaciones de registro y declaración cuando su volumen de negocio supera el umbral de referencia de 1 millón de AED de facturación. Es una cifra que conviene verificar en el portal de la FTA antes de operar, porque de ella depende si tienes que registrarte.

Y aquí es donde el expatriado hispanohablante se juega el dinero. Registrarse en la FTA es un trámite; el riesgo real está en la otra orilla: si sigues siendo residente fiscal en España, tu renta mundial sigue declarándose allí.

La Realidad Fiscal

La residencia fiscal (el país donde Hacienda considera que debes tributar por toda tu renta mundial, determinada normalmente por dónde pasas más de 183 días al año y dónde tienes el centro de tus intereses vitales) no se muda con un contrato de alquiler ni con un permiso de residencia. Según los criterios de la Agencia Tributaria, constituir una sociedad en Dubái no te convierte en no residente: para eso hay que causar baja correctamente.

El convenio de doble imposición España-UAE, publicado en el BOE, existe precisamente para que una misma renta no tribute dos veces. Pero no vuelve exenta la renta que en España tributa: si sigues siendo residente fiscal español, declaras aquí y aplicas los mecanismos de eliminación de la doble imposición. Y hay un supuesto incómodo: si la sociedad emiratí se gestiona desde España, Hacienda puede entender que su dirección efectiva está en España y tratarla como residente española a efectos del Impuesto sobre Sociedades.

A eso se suma la capa informativa. Un residente fiscal en España con bienes en el extranjero por encima de 50.000 euros tiene que presentar el Modelo 720, y las cuentas o inmuebles en Dubái entran en ese recuento cuando procede. Si vienes de México, Colombia, Argentina o Venezuela, el matiz cambia: no todos los países de la región tienen convenio vigente con los Emiratos, así que toca consultar el listado oficial antes de asumir nada.

El error caro no suele ser pagar de más: es creerse no residente antes de serlo y descubrirlo con una liquidación y su sanción. Para un ejercicio que cierre el 31 de diciembre de 2026, la declaración ante la FTA se presenta en los nueve meses siguientes, ya en 2027, y el alivio de las pequeñas empresas deja de estar disponible para periodos que terminen después de esa fecha. Esto depende de tu situación concreta, y por eso conviene sentarse con un asesor fiscal especializado en expatriados.

Qué revisar antes de firmar la constitución en Dubái

Tres decisiones pesan más que la cuota del primer año: si has causado baja fiscal en tu país de origen o no, qué tipo de licencia encaja con la actividad real —free zone o mainland— y quién llevará la contabilidad y las declaraciones. El proceso administrativo de la residencia lo detalla la guía de visados de este medio; lo fiscal empieza por responder esas tres preguntas con papeles, no con intuiciones.

Lo que debes saber

  • Umbral o cifra clave: el corporate tax grava con un 9% el beneficio que supera los 375.000 AED de base imponible; por debajo, el tipo es del 0%, según la Federal Tax Authority.
  • Plazo o fecha límite: la declaración se presenta dentro de los nueve meses siguientes al cierre del periodo fiscal; el Small Business Relief alcanza a periodos que terminen el 31 de diciembre de 2026 o antes.
  • Organismo competente: la Federal Tax Authority (FTA) en los Emiratos y la Agencia Tributaria en España para la renta mundial del residente fiscal.
  • Advertencia principal: creer que constituir la sociedad te convierte en no residente fiscal en España, el error más común y el que acaba en liquidación con sanción.

Este artículo tiene carácter informativo. Para tu situación concreta consulta siempre con un asesor fiscal especializado en expatriados.

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